Actividades Generales:
Una vez que el Departamento de Orientación y Quejas de este Organismo Estatal remite a las Visitadurías Generales y Regionales las quejas que por turno les corresponden, se da inicio a la investigación correspondiente.
Para realizar esta función cuentan con Visitadores Adjuntos, quienes bajo su coordinación realizan la investigación exhaustiva y puntual de todas y cada una de las denuncias interpuestas.
Recibida la queja, el Visitador, con las facultades que le confiere el artículo 56 del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos de Zacatecas, cuenta con el término de tres días hábiles contados a partir de que recibe la queja para emitir el respectivo Acuerdo de Calificación de la Queja.
La primera actuación que realiza el Visitador una vez que le es radicada la queja, es emitir el acuerdo de calificación respectivo; actuación que es de relevancia si tomamos en consideración que en el citado acuerdo se establece la competencia de este Organismo Estatal para investigar las quejas planteadas, o bien se califica de no competencia y se orienta al quejoso para que haga valer su derecho en la instancia que corresponda.
Cada Visitaduría cuenta con visitadores adjuntos, quienes bajo la coordinación del Visitador General o Regional, realizan las investigaciones de las quejas que se les asignan, hecho lo anterior, el Visitador, quien es el responsable del trámite de las mismas, emite el proyecto de resolución, el cual debe realizarse en el término de cuatro meses, acorde a lo que establece el artículo 29 de la Ley que rige nuestra actuación, después, el proyecto de resolución es puesto a consideración del Colegio de Visitadores y en seguida, por conducto del Coordinador de Visitadurías se le presenta al Presidente de la Comisión para su aprobación y firma.