Tercera Visitaduría


Titular: Lic. Luz María Vallejo Pérez.

Actividades y Funciones:

Acorde a lo que dispone el artículo 26 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas, le corresponde lo siguiente:

I. Iniciar a petición de parte la investigación de las quejas que le sean presentadas, o de oficio y discrecionalmente aquéllas sobre denuncias o violación a los derechos humanos que aparezcan en los medios de comunicación;

II. Realizar las actividades necesarias para lograr por medio de la conciliación, la solución inmediata a las violaciones de derechos humanos que por su propia naturaleza así lo permitan;

III. Realizar las investigaciones y estudios necesarios para formular los proyectos de recomendación o acuerdo, que se someterán al Presidente de la Comisión para su consideración;

IV. Visitar, a propuesta del Coordinador de Visitadores, los Municipios de la entidad, para atender las denuncias de posibles violaciones a los derechos humanos y dar cuenta al Presidente de la Comisión;

V. Visitar, a propuesta del Coordinador de Visitadores, los Municipios de la entidad, para atender las denuncias de posibles violaciones a los derechos humanos y dar cuenta al Presidente de la Comisión;

VI. Verificar la eficiencia, diligencia y honestidad en los servicios de defensoría de oficio que presta el Estado en materia penal y familiar, y hacer del conocimiento de los titulares de dicha defensoría y de los bufetes sociales, los resultados de la labor realizada;

VII. Las demás que le señale la presente Ley, el Reglamento respectivo, el Presidente de la Comisión y el Coordinador de Visitadores.


 

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