Actualizado al Segundo Trimestre del Año 2016. - Última revisión: 24-Junio-2016.
Capítulo II De la Información de Oficio: Sección Primera de la Información Pública que, en general, debe ser difundida de Oficio.
De acuerdo al Artículo 11 correspondiente a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas, la Comisión Estatal de Derechos Humanos como sujeto obligado de conformidad al presente precepto jurídico NO APLICA la Fracción XI correspondiente a:
“La información detallada de las obras que directa o indirectamente se ejecuten con cargo el presupuesto público, con préstamos, subvenciones o aportaciones privadas de carácter nacional e internacional. En este caso, deberán precisar el nombre de la persona física o moral responsable de la obra, monto, lugar, plaza de ejecución, entidad pública y servidores públicos responsables de la obra y mecanismos de vigilancia ciudadana”.
NOTA: No son actividades, facultades, ni fines que la CDHEZ pueda conceder o ejecutar de acuerdo con la propia Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas.