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Transparencia y Acceso a la Información Pública






Artículo 11
Obligaciones de Transparencia.

La CDHEZ ha venido implementando una política de transparencia y rendición de cuentas. El único límite se sustenta en las obligaciones de Ley que preservan derechos de terceros, cuyos datos personales deben ser protegidos por razones de seguridad o por petición de los propios quejosos, de manera que observamos con toda atención dichas circunstancias. La información es un elemento fundamental de todo sistema democrático, pero no debe convertirse tampoco, en una herramienta que violente derechos de las víctimas, sus familiares o los menores de edad; enfermos terminales cuyo padecimiento genera conductas discriminatorias, etc. etc. Con esa precaución, la política que seguimos es la de facilitar el acceso a nuestros portales de consulta y cumplir a cabalidad con la información de carácter presupuestal y ejercicio de recursos, que nos obliga la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Para ello contar con una área de estadística de fácil acceso y suficiencia informativa, es un esfuerzo permanente que realizamos, actualizándola, promocionándola y sobre todo, acercar nuestros servicios a la población, que es el objetivo principal. Las estadísticas son un material de primerísimo orden para investigadores y estudiosos, además nos sirven para canalizar, recibir y dar respuesta a quejas interpuestas a través del Sistema INFOMEX, o canalizarlas mediante otros medios e instancias como la Comisión de Acceso a la Información Pública.

La cultura de la legalidad no se entendería sin la transparencia, es preferible para el derecho a la información que tiene el ciudadano, que se abunde y clarifiquen en favor del usuario las dudas que sobre el acto público requieran saber, tanto para conocer las características de las acciones y programas, como para las actividades de investigación. Las reformas a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas que entra en vigor a partir del 27 de Septiembre del Año 2011, pretenden no solo ampliar los sujetos obligados, sino profundizar en las necesidades del ciudadano, hasta hacer de la transparencia, una política de Estado. Con apego a la legalidad, en la CDHEZ estamos dando cumplimiento a nuestras obligaciones.

La Nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas considera la siguiente estructura actual:

Decreto #149 - Resultando Primero - Resultando Segundo - Resultando Tercero - Exposición de Motivos
Resultando Cuarto - Considerando Único.

Capítulo I
Disposiciones Generales Art. 1-10
Capítulo II
De la información de oficio
Sección Primera: De la Información que, en general, debe ser difundida de
oficio. Art. 11
Sección Segunda: Información de oficio por sujeto obligado. Art. 12-21
Capítulo III
De la Promoción de la cultura del derecho al acceso a la información
pública. Art. 22-25
Capítulo IV
De la información reservada como confidencial Art. 26
Sección Primera: De la información reservada. Art. 27-35
Segunda Sección: De la información confidencial. Art. 36-44
Capítulo V
De la protección de datos personales
Sección Primera: De la obtención, resguardo y administración de datos
personales. Art. 45-54
Sección Segunda: Del ejercicio de la acción de protección de datos
personales. Art. 55-64
Capítulo VI
De las unidades de enlaces. Art. 65-68
Capítulo VII
Del procedimiento del ejercicio del derecho de acceso a la información
pública. Art. 69-87
Capítulo VIII
Del manejo de los archivos administrativos. Art. 88-90
Capítulo IX
De la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública. Art. 91-102
Capítulo X
De los medios de impugnación
Sección Primera: Del recurso de queja. Art. 103-109
Sección Segunda: Del recurso de revisión. Art. 110-133
Capítulo Décimo
Primero
De las sanciones. Art. 134-141
Transitorios: Artículo Primero, Artículo Segundo, Artículo Tercero, Artículo Cuarto.

El 6 de marzo del año 2009 en la Ciudad de Zacatecas, se firmó un Convenio General de Colaboración entre el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, la Comisión Estatal de Derechos Humanos y la Comisión estatal para el Acceso a la Información Pública, con la finalidad de establecer las bases de coordinación que permitan el desarrollo y la expansión del derecho de acceso a la información en el Estado de Zacatecas, a través del Sistema Electrónico INFOMEX.